La reforma
El informe sobre la reforma constitucional de un grupo de catedráticos responde a una demanda de parte de la sociedad, pero no se ve voluntad política de llevarla a cabo.
Los pronunciamientos acerca de la conveniencia de proceder a una reforma de la Constitución de 1978 no son nuevos. Comenzaron a hacerse frecuentes al cumplirse los 25 años de la norma, pero ha sido con la sublevación contra la Constitución de los dirigentes nacionalistas de Cataluña cuando las posiciones reformadoras han alcanzado el estado de clamor entre políticos y periodistas. Para unos la reforma es imprescindible para mantener la vigencia de la Constitución, para otros es urgente por la grave situación a que se ha llegado respecto al respeto a la ley de leyes. Sin embargo no es habitual que se explicite el contenido de la reforma que se considera tan necesaria. La mayor concreción, que casi no lo es, apunta a que la reforma debería conducir a un Estado de corte federal.
Entre la insistencia por la reforma y la aridez de los contenidos, un grupo de catedráticos de Derecho Constitucional y Administrativo han presentado un documento titulado Ideas para una reforma de la Constitución en el que concretan bastante más de lo que lo hacen las reiteradas declaraciones de muchos opinantes. Es de agradecer que hayan querido poner en claro y en conjunto las posiciones que proceden de la Academia ante un asunto que interesa a la opinión pública. Es un signo de que los profesores se sienten preocupados y concernidos, y han querido comprometerse en un documento.
A pesar de la buena disposición para acoger un documento que firman personas de gran solvencia jurídica, no ofrecen gran confianza a quien comparte el diagnóstico pero encuentra serias dificultades para aceptar algunas propuestas e incluso en parte el método seguido por los insignes profesores. Inicialmente llama la atención el hecho de que la composición del grupo firmante, diez catedráticos, sea de cinco profesores de universidades de Cataluña y otros cinco del resto (dos de universidades madrileñas, dos de andaluzas y uno del País Vasco). ¿Es un sesgo intencional? ¿Es solo un dato involuntario que suscita una sospecha infundada? Se complica algo más cuando, tras declarar que el informe pretende la reforma del modelo territorial no ligado obligadamente a lo sucedido en Cataluña –luego no tendría como finalidad principal la acomodación de Cataluña al conjunto de España– incluyen un capítulo titulado “Las reformas en relación a Cataluña”. No supone una pérdida de autoridad de lo que proponen, pero sí crea inseguridad en cuanto a la intencionalidad de la reforma propuesta. Los profesores afirman: “Tratamos de hacer un diagnóstico de la situación con propuestas genéricas sobre reformas del Estado autonómico y la cuestión catalana”. Y anuncian que “estas propuestas pueden concretarse en otros documentos futuros”. Si los nuevos documentos recogieran las opiniones que ha provocado el informe, ayudaría al acierto de las reformas.
Afirman los profesores que “la respuesta a la crisis no puede ser la convocatoria de un referéndum sobre la independencia”, y ello porque hay razones jurídicas constitucionales que lo impiden y por la división que crearía en la sociedad catalana, consolidando la que ya ha provocado el golpe constitucional de declarar la independencia en el Parlament. En el informe, los que lo suscriben dejan claro que “hablamos de reforma, no de proceso constituyente”. Se podría expresar más gráficamente: no se trata de reforma de la Constitución, sino de reformas en la Constitución. Se trata de detectar los asuntos en los que puede llegarse a un acuerdo amplio de las fuerzas políticas. El procedimiento de reforma de la Constitución (Título X) lo exige numéricamente, tres quintos o dos tercios de los diputados para modificar los artículos, según cuáles sean estos. Es decir, que más allá de las proclamas se ha de concitar el acuerdo de 210 o bien 233 diputados según se aplique el artículo 167 o el 168 de la Constitución Española. EL objetivo no puede ser dar satisfacción al nacionalismo catalán, el apaciguamiento de su impulso independentista, y ello por dos razones igual de poderosas: porque los políticos independentistas están fanatizados y no aceptarían ninguna reforma que “solo” les ampliase el poder autonómico; y porque el mensaje que se mandaría a las élites políticas de las comunidades autónomas sería letal para el Estado autonómico: “Si quieren modificar el reparto de poder entre el Estado y las comunidades, rebélense contra la Constitución, tendrán premio”. Vencer al independentismo solo se producirá arrebatándoles para la causa constitucional el millón de personas que, con buena intención, han seguido las insensatas proclamas de los antidemócratas que han ocupado la Generalitat. Lo han hecho a través del adoctrinamiento antiespañol en la escuela, en la televisión y radio públicas y en algunos medios de comunicación privados.
La reforma de la Constitución debe estar guiada por las actualizaciones que se consideren necesarias, entre ellas el reparto territorial del poder, tomando en consideración el caso catalán como una anomalía del sistema y legislando para todas las comunidades. Los catedráticos que han elaborado el informe sostienen que hay que “desterrar del ideario colectivo el miedo a la reforma constitucional”. Y afirman que el procedimiento agravado del artículo 168 puede ser superado, advirtiendo de la conveniencia de hacerlo al final de una legislatura para orillar la exigencia de disolución de las Cámaras. Una propuesta eficaz podría ser la de incluir en el momento de la reforma la supresión del artículo 168, con la compensación del establecimiento de una cláusula de intangibilidad como figura en las constituciones de Alemania, Francia e Italia, para la preservación de la unidad territorial.
Mencionan los profesores la Constitución territorial, un concepto ambiguo que tiene precedente en el llamado bloque de constitucionalidad. Pretenden atribuir la condición de Constitución a los Estatutos de autonomía. Ellos deben saber bien que el hecho estatuyente no posee capacidad constituyente, dado que los Parlamentos regionales no representan la soberanía popular. Es aconsejable no valerse de ingeniería jurídica que alienta reivindicaciones imposibles.
Sin poder adentrarnos, por la falta de espacio en este artículo, en las muchas cuestiones concretas con las que nos ilustran los sabios de la Academia, no es posible dejar sin comentario una cierta ingenuidad de los profesores. Después de haber asistido a una sistemática burla de las leyes y de las sentencias de los tribunales por los nacionalistas catalanes, proponen que puedan elaborar un Estatuto que no tenga que pasar por la aprobación de las Cortes Generales. Alguno habrá que opine que no aceptar esta propuesta es signo de miedo a la democracia. Más parece prudencia ante la catarata de delitos cometidos por quienes no se sienten sujetos a la ley, quienes actúan con instinto de supremacía sobre gobernantes y gobernados, quienes se han convertido en una camarilla para delinquir. ¿Y se le va a decir que hagan el Estatuto que quieran, que nadie lo revisará? Eso, tratándose del nacionalismo catalán, se llama patente de corso.
En resumen, el informe de los profesores plantea muchos asuntos que merecen ser considerados al momento de la reforma constitucional, pero habrán de aclarar en los documentos futuros anunciados que la base de la reforma se asienta sobre la garantía de la igualdad, como reiteradamente exige el texto de la Constitución. La reforma de la Constitución está planteada, aunque no se aprecia una voluntad política de llevarla a puerto. Los partidos políticos no muestran una decisión determinante. El partido conservador parece resistirse a abrir el debate, los socialistas sí muestran voluntad de hacerlo, los nacionalistas no quieren participar y a los populistas les mueve la intención no de reformarla sino de destruir la Constitución. No parecen existir unos presupuestos favorables para la reforma, aunque son muchos los que desde la política y, sobre todo, desde la sociedad la proponen. En todo caso, las fuerzas políticas deberían comenzar a hablar, a exponer en sede parlamentaria sus argumentos como único método de desbrozar el camino. Después resultará lo que pueda dar de sí el diálogo.