Ponderación y pactos
En educación se enfrentan derechos fundamentales y solo un pacto basado en la ponderación, una técnica que los juristas conocen muy bien, puede solucionar este enfrentamiento.
En estos momentos una subcomisión del Congreso de los Diputados ha comenzado a elaborar un pacto educativo. Teniendo en cuenta las anteriores experiencias, que estudiamos en Papeles para un pacto, supongo que se producirán de nuevo enfrentamientos respecto a dos temas: (1) el contenido del derecho a la educación, y (2) el modo más eficiente y justo de ponerlo en práctica.
Los pactos son imprescindibles cuando se enfrentan distintas pretensiones o intereses legítimos. Conviene recordar que los derechos fundamentales pueden entrar en colisión, y que no podemos evitarlo suprimiendo uno de ellos. Sería tranquilizador que eso no pasara, y que todos ellos fueran compatibles hasta sus últimas consecuencias, pero no ocurre así. Entre libertad y seguridad puede haber tensiones, y también entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la intimidad. La historia ha ido ensayando soluciones para estos enfrentamientos. Pensemos en la propiedad. El derecho absoluto a la propiedad se vio anulado por el comunismo, que pretendía poner los bienes al servicio de la sociedad. Tras forcejeos a veces muy crueles, se ha llegado en las democracias a un pacto básico: reconocer la función social de la propiedad, que limita el derecho absoluto sobre los bienes.
En educación se enfrentan derechos fundamentales: por ejemplo, los que amparan al Estado para cuidar de la educación de los niños y jóvenes, y los que amparan a los padres para decidir la educación de sus hijos. ¿Debe el Estado forzar la enseñanza obligatoria? ¿Debe imponer un currículo nacional? ¿Quién decide lo que es una “educación de calidad”? ¿Debe el Estado gestionar toda la educación pública o puede compartirla con la iniciativa privada? ¿Debe ser un enseñanza comprensiva o diferenciada? Cuando se da este tipo de enfrentamientos, la única forma de salir de la dificultad es aplicando la “ponderación” de los derechos, una técnica que los juristas conocen muy bien.
Un ejemplo, la sentencia del Tribunal Constitucional (154/2002) en que se oponía el derecho de libertad religiosa (a no autorizar una transfusión de sangre a un niño) y el derecho a la vida del niño (que falleció por esa causa). La prelación de un derecho sobre otro puede no ser absoluta ni eterna, sino depender de las circunstancias, del tiempo, de las consecuencias. Alguien dijo que una persona inteligente era la que podía pensar dos ideas contradictorias sin que le estallara la cabeza. Una política inteligente es la que es capaz de mantener dos derechos contradictorios sin explotar.
Sería estupendo que hubiera un partido político que buscara sistemáticamente la ponderación entre propuestas tal vez enfrentadas. Es un arte que exige no solo una buena evaluación de los programas, sino del momento, el tempo, la oportunidad. Los automóviles necesitan frenos y aceleradores, y la política también. No se puede acelerar continuamente, ni ir siempre frenados. Se trataría de un partido a la vez crítico, respetuoso y capaz de superar enrocamientos ideológicos. En fin, casi un sueño.