Pocos avances en el control a los altos cargos

10 / 03 / 2014 Antonio Rodríguez
  • Valoración
  • Actualmente 3 de 5 Estrellas.
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • Tu valoración
  • Actualmente 3 de 5 Estrellas.
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
¡Gracias!

La Oficina de Conflictos de Intereses apenas sufre cambios pese a que Bruselas pedía en su informe sobre corrupción que fuese independiente del Gobierno.

La Comisión Europea (CE) publicó a principios de febrero su primer informe sobre la lucha contra la corrupción en la UE, en el que examinaba la situación interna de cada uno de los Estados miembros. En el caso de España, Bruselas centraba sus críticas en la Oficina de Conflictos de Intereses, la entidad pública que recibe las notificaciones de patrimonio de los altos cargos del Gobierno cuando entran o salen del Ejecutivo y que, entre otros cometidos, vigila que se cumpla la normativa que impide trabajar durante dos años en el sector privado a todo aquel que haya dejado de ser alto cargo y cuando la oferta venga de una empresa vinculada al cargo que desempeñaba. De ahí el rimbombante nombre de este órgano adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas desde su creación en la segunda legislatura del socialista José Luis Rodríguez Zapatero.

La CE censuraba que los poderes sancionadores de la Oficina de Conflictos de Intereses fuesen “débiles” ya que, si bien puede detectar e investigar los casos de incumplimiento, al final solo puede abrir formalmente una investigación cuando exista “una denuncia formal” y únicamente previa autorización del citado ministerio, que dirige Cristóbal Montoro en la actualidad.

“No está del todo claro qué métodos de verificación deben aplicarse. Como parte de un ministerio, la Oficina no es independiente y no tiene autonomía presupuestaria. La independencia constituye un elemento clave a la hora de garantizar las salvaguardias necesarias para una verificación imparcial de los bienes e intereses de los cargos públicos”, subrayaba Bruselas, que en su lista de recomendaciones finales pedía al Gobierno “reforzar la capacidad” de este ente público “para llevar a cabo verificaciones de forma independiente y eficaz, y para aplicar sanciones disuasorias”.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy respondió al día siguiente del informe de la CE que estaba ultimando la redacción del proyecto de ley sobre el ejercicio del alto cargo dentro de la Administración General del Estado, en el que se iba a dotar de más competencias a la citada Oficina. El Consejo de Ministros aprobó el texto en su última reunión de febrero y el pasado lunes fue remitido a las Cortes.

Mantiene su adscripción.

El proyecto incluye avances, aunque modestos a ojos de fuentes comunitarias. En primer lugar mantiene la adscripción de la Oficina al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, aunque añade que “actuará con plena autonomía funcional en el ejercicio de sus funciones” y subraya que no podrá solicitar o aceptar instrucciones “de ninguna entidad pública o privada”.

En segundo lugar, se aumenta el rango administrativo de la Oficina al convertirla en una Dirección General –hasta ahora era una Subdirección General de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, que dirige Antonio Beteta–. El director de la Oficina será nombrado por el Consejo de Ministros y deberá comparecer en el Congreso para obtener el plácet de su nombramiento. Los diputados deberán examinar “si su experiencia, formación y capacidad son adecuadas para el cargo”, pero en situaciones como la actual, con mayoría absoluta del PP, bastaría con los votos del grupo mayoritario de la Cámara para que el nombramiento sea una realidad.

La Oficina, asimismo, continuará elevando cada seis meses al Gobierno un informe sobre el cumplimiento por parte de los altos cargos de sus obligaciones a declarar. Dicho informe deberá ser remitido a las Cortes y en él se especificarán el número de infracciones que se hayan cometido y las sanciones impuestas. La novedad es que se identificará a los responsables de la sanción al término del procedimiento administrativo que se haya abierto en su contra.

El fichaje de Salgado.

La opacidad en torno al trabajo de la Oficina se hizo patente al comienzo de la legislatura tras conocerse el fichaje de la exvicepresidenta del Gobierno socialista, Elena Salgado, por la filial chilena de Endesa, Chilectra, tres meses después de haber abandonado el Ejecutivo. Salgado sorteó en su caso la norma de incompatibilidades al entrar en una empresa radicada fuera de España.

Unos días antes de que se anunciase el fichaje de Salgado, la Oficina de Conflictos de Intereses entregó un informe al Congreso con las novedades del periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2011, un semestre con muchos cambios ya que se produjo el traspaso de poderes del Gobierno de Zapatero al de Mariano Rajoy. La Oficina despachó en dos folios el número de declaraciones de nombramiento de actividades (un total de 106) y de bienes y derechos patrimoniales (110), así como las declaraciones de cese de actividades y otras tantas de bienes (80) y el número de comunicaciones de cambio de actividad tras el cese (16), pero no especificó de quiénes se trataba y en qué sitios habían entrado a trabajar. Por lo tanto, no se detectó ningún incumplimiento ni se impuso sanción alguna.

Una de las lagunas detectadas en esta Oficina es que no tenía potestad para reclamar información sobre un alto cargo a otras entidades públicas, sino que era el propio Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el que tenía que dirigir las pesquisas. En el proyecto de ley se “potencia” la colaboración con otros organismos como la Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Registro Mercantil o el Registro de Fundaciones. Resulta paradógico, según las fuentes comunitarias, que el Gobierno haya tenido que especificar cómo será la colaboración entre la Oficina y la Agencia Tributaria si hay indicios de enriquecimiento injustificado durante el mandato de un alto cargo, cuando ambas entidades dependen del mismo ministerio.

En este caso, el alto cargo investigado tendrá 15 días para justificar dicho enriquecimiento y en caso de ser una infracción muy grave, deberá “restituir las cantidades percibidas ilegalmente” y su caso será publicado en el BOE.

Grupo Zeta Nexica