Pensiones por conveniencia

13 / 06 / 2011 17:48 Paula García-Pozuelo
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Un agujero en la ley permite cobrar el subsidio de viudedad a cuidadoras de ancianos que se casan con estos justo antes de morir. En tiempo de crisis, surge la picaresca.

Barcelona. Manifestación de viudas para reclamar pensiones más dignas.

Sandra se dedica a cuidar de Juanjo. Ella es joven; él, un anciano. Contrajeron matrimonio hace unos días. Cuando él muera, Sandra será su viuda y, por tanto, cobrará cada mes la pensión de viudedad. Íntegra, durante toda su vida y con la única condición de que no se case de nuevo. Podrá trabajar y, cuando se jubile, cobrar también su propia pensión. La suya y la de aquel hombre, Juanjo, con el que un día se casó. ¿Matrimonio de conveniencia? Sí, pero que la ley permite. Un texto pendiente desde hace cuatro años de una revisión para la que, de momento, ni agentes sociales ni Gobierno fijan fecha.

Sandra y Juanjo no existen, pero sí su situación. Lo confirman desde asociaciones de viudas y mayores a sindicatos de pensionistas y jubilados. “Compra de pensiones” es el nombre con el que han bautizado al fenómeno en las ventanillas de la Seguridad Social. “Casi cada semana nos topamos con un caso: una joven que viene a pedir la pensión de su difunto marido, un viejecito”, reconocen en una oficina del centro de Madrid. Pero, ¿cómo distinguir si alguien se casa por amor o para acceder a la pensión? Imposible conocer las cifras exactas de este fraude, que perjudica principalmente a las arcas públicas, o, si existiese (y le correspondiese la prestación), a la exmujer del difunto: la nueva esposa cobrará como mínimo el 40%, aunque el matrimonio de la primera hubiese durado décadas y el de la segunda tan solo unos días.

Una ley permisiva.

¿Y por qué jóvenes cuidadoras casadas con ancianos? No es que sea una realidad restringida a estos colectivos sino que en ellos es más flagrante. Jóvenes, porque tienen posibilidades reales de trabajar y cobrarán durante más tiempo. Cuidadoras, porque entablan una estrecha relación con sus pacientes, en ocasiones, de dependencia. Mujeres, porque la cifra de viudas supera por mucho a la de viudos. Y un dato: 845 viudas entre 15 y 29 años cobraron una media de 709 euros de pensión en abril (4.004 si subimos la edad a los 34 años).

La última reforma de la pensión de viudedad se realizó a través de la Ley 40/2007, de Medidas en Materia de Seguridad Social, que entró en vigor al año siguiente. Su base fue un acuerdo del Ministerio de Trabajo y los agentes sociales que ya alertaba de “los matrimonios de conveniencia entre personas mayores y jóvenes”. Para remediarlo se endurecerían las condiciones: solo se accedería a la pensión vitalicia si el matrimonio entre fallecido y viuda ya había cumplido los dos años y siempre que tuviesen hijos en común. Si no se daba una de las dos condiciones, la pensión se cobraría temporalmente. “Se quería evitar el coladero que había de matrimonios un poco raros”, ilustra gesticulando Isabel López Chamosa, portavoz socialista en el Pacto de Toledo, seno de las negociaciones por las que pasó el texto. Negociaciones que, sin embargo, descafeinaron estos requisitos. “Los populares exigieron rebajar de dos años a uno la duración del enlace”, recuerda la diputada. A cambio, los socialistas incluyeron otro condicionante. Únicamente se requeriría el año de matrimonio y la existencia de hijos comunes si el fallecido había enfermado antes de casarse.

Así, no solo percibe la pensión completa cualquier viudo que haya estado un año casado sino que, en caso de no haberse detectado una enfermedad a su cónyuge en el momento de contraer matrimonio, no se le exigirá ninguna condición. Uno se puede casar hoy y, si mañana muere repentinamente, su pareja percibirá de por vida la cuantía total del subsidio. ¿Y cuando alguien fallece de viejo, sin ninguna afección a priori? Con la ley en la mano, su matrimonio tampoco requerirá duración mínima ni hijos en común. Y ahí, la trampa. El resquicio legal que permite que cualquier persona con años por delante para trabajar obtenga unos ingresos extra vitalicios (casi 600 euros al mes de media) a cargo del Estado al casarse con alguien cuya muerte es inminente.

“La ley no contempla la realidad actual, está obsoleta”, reflexiona Eduardo Díaz, responsable de Política Social en Pensionistas y Jubilados de UGT. Lo está porque ya no palía la situación que motivaba esta ayuda: el desamparo que (mayoritariamente) sufría la mujer cuando fallecía el marido y, con él, un salario del que dependía. O, mejor dicho, sí lo hace protegiendo a aquellas viudas mayores que nunca se llegaron a incorporar al mercado laboral pero no con las jóvenes, que, en general, disponen de ingresos propios. Lo explica Carmen Oliva, abogada de la Unión Democrática de Pensionistas: es un texto proteccionista con ellas. Aunque es una pensión considerada contributiva funciona como asistencial: no se sustenta en las contribuciones a la Seguridad Social de la unidad familiar (alguien casado solo unos días también la cobrará) sino en la necesidad de asistencia de la viuda. Necesidad que, paulatinamente, se va diluyendo en los tiempos actuales.

Los legisladores han reiterado en diferentes leyes esta necesidad de modificar la prestación de viudedad, pero de momento no se contempla tocarla en la controvertida revisión de las pensiones que está en trámite parlamentario.

Un reparto más justo.

La pensión de viudedad se debe redistribuir en función de la dependencia económica de la viuda respecto del fallecido. Es la conclusión a la que llegó el estudio encargado hace cinco años por el Ministerio de Trabajo a la catedrática de la Universidad Jaume I Arántzazu Vicente Palacio. Quien necesite las rentas perdidas debería recibir una pensión vitalicia superior a la actual. Y para quien esta falta suponga un descenso de los ingresos, la cobraría durante un tiempo, para adecuarse a las nuevas circunstancias, o bien con una cuantía menor. Dicha dependencia existiría, según el informe, cuando lo que aporta el viudo fuese inferior, en un porcentaje por establecer, a lo que aportaba el fallecido. Eso sí, a partir de un mínimo, el superviviente cobraría la ayuda independientemente de que ingresase más que el cónyuge.

¿Es esta la solución? Desde la Confederación de Viudas Hispania reconocen que permitiría un reparto “más justo” sin aumentar los recursos. Oliva, de la Unión Democrática de Pensionistas, apunta otra medida: incompatibilizar directamente prestación de viudedad y trabajo (como ya ocurre con las pensiones de jubilación e incapacidad permanente), de modo que solo la cobrase quien ha dedicado años al hogar y excluyendo a las parejas poco duraderas. La mujer trabajadora generaría así su propia pensión al jubilarse.

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