Tres magistradas contra el populismo punitivo
La percepción postsentencia del caso Nóos es que la Justicia, a veces contra sus propios vicios, funciona.
En un reciente artículo publicado en la revista Abogados, el catedrático de Derecho Penal y prestigioso abogado Luis Rodríguez Ramos cita los distintos factores que, a su bien formado juicio, devalúan el derecho de defensa de los ciudadanos investigados, acusados, encausados e incluso condenados. Entre esos factores cita los siguientes: el abuso de las medidas cautelares; la “dejación de la instrucción por el juez y fiscal en manos de la Policía y la Agencia Tributaria, quedando ellos como meros tramitadores”; el “excesivo uso del secreto interno y de otras medidas de investigación desproporcionadamente invasivas de derechos fundamentales”; la persistencia de la figura del juez instructor; y “la presión mediática favorable al linchamiento de sospechosos de corrupción y otros delitos”. Un alarmante catálogo que, enumerado por alguien de experiencia y profesionalidad contrastadas, constituye una denuncia en toda regla del inquietante y, lo que es peor, silencioso deterioro de un derecho constitucional básico en una democracia.
El cátedro asienta sus conclusiones en multitud de casos prácticos que ha conocido de primera mano o por referencias directas aportadas por otros colegas. Pero si en estos últimos años hemos asistido a un proceso que aglutine, por encima de cualquier otro, algunos de los más lacerantes extravíos por los que se ha deslizado la maquinaria judicial, ese ha sido el caso Nóos. Siete años de diligencias, paseíllos, imputaciones, chantajes y peleas de gallos que ilustran descarnadamente ese deterioro de forma y fondo a los que alude en su recuento Rodríguez Ramos. Dicho sea sin entrar aún a comentar las principales enseñanzas que nos revela la sentencia. Y es que antes de eso, y para recuperar cierta ecuanimidad, debiéramos todos aceptar que la culpa está muy repartida si de lo que hablamos es del deterioro del derecho a la defensa.
Por supuesto que el desarrollo del caso Nóos y de otros muchos se han visto condicionados y contaminados, en clave de opinión pública, por un destructivo afán de revancha. Pero los que ahora, con toda razón, alertan sobre la funesta influencia de la presión ambiental en el ámbito de la Justicia, han de asumir las inevitables y casi legítimas consecuencias de ese generalizado sentimiento de desquite, limítrofe en ocasiones con la venganza. La infanta Cristina, como otros imputados con relevancia pública que no vienen al caso, ha sufrido esa extendida pulsión social de resarcimiento. Algo como digo ineludible si nos atenemos al contexto, político y familiar, en el que se activaron las primeras actuaciones judiciales. Pero lo que no se justifica, se mire como se mire, es el improcedente espectáculo ofrecido en estos siete largos años por algunos de los encargados de garantizar el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia y la tendencia al linchamiento de ciertos medios cuyos intereses nada tienen que ver con una prensa concebida como servicio público.
“El uso alternativo del Derecho”
Por lo que concierne a las consecuencias que debieran derivarse de una correcta lectura de la sentencia, lo primero que hay que anotar es la constatación de lo anacrónico de la figura del juez instructor, que investiga al tiempo que protege los derechos de los investigados, dos funciones no siempre compatibles. Y, en segundo lugar, lo estrafalario, si no pernicioso, de la mal llamada acusación popular, que se ha demostrado un instrumento que altera el equilibrio de los procedimientos y puede ser usado con demasiada facilidad como moneda de cambio.
Con todos estos ingredientes tan poco favorecedores de un clima ponderado, lo que resulta casi milagroso es que las tres magistradas encargadas de revisar y valorar las pruebas y testimonios de la instrucción hayan sido capaces de aislarse lo suficiente para acabar produciendo una sentencia ajustada a Derecho, tal y como habrían hecho de ser los acusados personas sin perfil público. Y eso es lo relevante de los 741 folios del fallo: que señala sin sombra de duda a los que ganan y a los que pierden. Pierde eso que inventaron en los años 70 los jueces que simpatizaban con el PCI italiano, el “uso alternativo del Derecho”, consistente en que es el termómetro de la revancha social, y no la letra y el espíritu de las leyes, el factor esencial a la hora de dictar sentencia. Pierde el “populismo punitivo”, que es la versión española de aquella corriente transalpina.
¿Y quién gana? Gana el sistema, por mucho que les pese a algunos. Porque la percepción posemocional es que la Justicia, a veces contra sus propios vicios y a pesar de sus graves problemas estructurales, ha funcionado y funciona, y en ocasiones como esta deja un rastro de profesionalidad, hasta tal punto profundo, que recupera el camino sobre el que debe discurrir en un país serio y realmente democrático.
