Goteras por las lagunas de la Transición
Cuántas consultas debe hacer el Rey o qué pasa si los candidatos se niegan a ir a la investidura. Ni la Constitución ni el reglamento del Congreso concretan cómo abordar la insólita situación tras el 20-D.
Un día antes de que empezara la segunda fase de consultas en las que el rey Felipe VI volvió a llamar a los partidos políticos de cara a la investidura de un presidente del Gobierno, el candidato a la votación continuaba vacante. Días antes, el presidente en funciones y líder del partido más votado, Mariano Rajoy, había declinado la propuesta del monarca para presentarse a una votación que veía perdida. Para asombro e incluso indignación de sus rivales políticos, Rajoy agradeció al Rey su propuesta pero, según explicó después en rueda de prensa, prefería reservarse para otro momento. Horas después, Pedro Sánchez recogía el guante, no para confirmar que si el Rey le propone a él se presentará a la votación en primer lugar, sino para insistir en que debe ser Rajoy, como candidato más votado, quien se presente primero. Ambos esperan lo mismo, que el otro fracase en su intento de ser investido para intentarlo entonces. Por su parte, Pablo Iglesias y Albert Rivera coinciden en considerar fuera de toda lógica que Felipe VI termine proponiéndoles a ellos que se sometan a una sesión de investidura.
Así pues, la segunda ronda de contactos con el Rey empezó sin que ninguno de los principales candidatos quiera someterse a una votación para convertirse en presidente.
¿Es eso normal? Por lo menos, es inaudito y una de las pruebas más palpables de las lagunas jurídicas que existen, cuestiones que no quedaron bien cerradas durante la Transición y que han estallado ahora porque nunca antes las urnas habían dado lugar a una situación tan complicada.
“Lagunas siempre hay, no solo en el reglamento sino en la Constitución. Se puede decir que existen ciertas lagunas que pueden ser objeto de interpretación, si no distinta, con matices distintos”. Jerónimo Sánchez Blanco fue diputado del PSOE por Cádiz durante la legislatura constituyente, entre julio de 1977 y marzo de 1979, en la que se redactó y aprobó la Constitución. Esta es, junto con el reglamento del Congreso, la única fuente legal que estipula los pasos a seguir para investir a un nuevo presidente del Gobierno. Un procedimiento que los resultados del 20-D han puesto a prueba.
En principio, no hay ningún texto legal que prohíba a un candidato rechazar ir a la investidura. Tampoco está claro hasta dónde podría llegar Felipe VI a la hora de enviar candidatos a la votación de investidura. Nadie limita su papel al primero o segundo más votado, de manera que podría pedírselo a los siguientes.
Sabemos los plazos para la constitución de la Cortes o la convocatoria de nuevas elecciones dos meses después de la primera votación de investidura. Sin embargo, no hay pistas sobre cuánto puede durar el periodo de consultas de los partidos con el Rey, cuántas rondas puede haber –vamos por la segunda y partidos como Ciudadanos cuentan con que haya una tercera–, si un candidato puede “declinar” la indicación del Rey para presentarse a la investidura o a quién corresponde convocar nuevas elecciones si persiste la situación de bloqueo. Fuentes del Congreso indican que no hay nada anormal en esta actual fase previa a la investidura. Para Sánchez Blanco, las dudas no están en las distintas fases que marcan los textos legales, pero sí entre ellas. “Lo que ocurre es que cada una de esas fases sí puede ser objeto de interpretación”, dice en alusión a “cierta imprecisión” en el tiempo que pueden durar los contactos en los que el Rey escucha a los partidos y qué pasaría si el monarca llega a la conclusión de que es imposible que ningún candidato alcance una mayoría suficiente para ser presidente.
Todas estas son cuestiones, según Sánchez Blanco, que los legisladores no dejaron cerradas por dos motivos. En primer lugar, porque nadie pensó que se pudieran dar situaciones como la actual, de la misma manera que en los años 70 “no podíamos percatarnos de que se iban a cometer grandes errores”, como la corrupción rampante o la “hegemonía” institucional que conquistarían los partidos políticos en las siguientes décadas. Pero existe también otro aspecto que en aquella época expresaban legisladores como Fernando Abril Martorell, senador constituyente por designación real. Tiene que ver con los equilibrios que fue necesario hacer entre quienes defendían la “reforma” política y quienes abogaban por la “ruptura” que, en el transcurso de la negociación, renunciaron a sus demandas para proclamar la república o para que la bandera española fuera la tricolor. En ese tira y afloja, se optó por no concretar demasiado algunos aspectos. Por lo que respecta a la investidura, esas lagunas dan hoy margen a la discrecionalidad e, incluso, para “la picaresca”, tal y como Sánchez Blanco califica la decisión de Rajoy de no presentarse, de momento, a una votación de investidura, tal y como le encomendó el Rey el 22 de enero. “Es una maniobra táctica que nunca se había dado que rompe el espíritu del reglamento del Congreso. No la letra pero sí el espíritu”, dice.
Desde la constitución de las Cortes
–en un plazo máximo de 15 días después de las elecciones– y la primera votación de investidura –a partir de la cual empezarán a contar dos meses para la repetición automática de elecciones en ausencia de acuerdo–, los “personajes clave” son Felipe VI y el presidente del Congreso de los Diputados, Patxi López. Ambos se enfrentan a una situación desconocida.
El primero no puede ni siquiera fijarse en cómo procedió su padre, el rey Juan Carlos, en ocasiones anteriores, porque siempre fue mucho más fácil investir a un presidente. Hasta ahora, el partido más votado tenía una mayoría clara que le permitía, con el apoyo de otro partido mediano –casi siempre CiU–, tener los votos suficientes para convertir a su candidato en presidente del Gobierno. Este juego de alianzas se quebró el 20 de diciembre. López, por su parte, ya ha recurrido a los letrados del Congreso para ver si se pueden tramitar iniciativas de los grupos en ausencia de Gobierno, otra de las dudas que planteaba la actual situación y que el reglamento de la Cámara no resolvía de forma evidente.
Felipe VI empezó esta semana a recibir de nuevo a los portavoces políticos. Algunos insistieron en lo que dijeron en la primera ronda, como Pedro Quevedo, de Nueva Canarias, que, como el PSOE, reiteró al Rey que Rajoy debería ser el primero en someterse a la votación. PSOE y Podemos siguen sin acercar posturas sobre una eventual coalición de Gobierno y Sánchez insiste en que debe ser Rajoy quien se someta en primer lugar a una votación. Mientras, Ciudadanos esperará a que termine esta segunda ronda para sentarse en serio a escuchar al PP y al PSOE. Así, la formación naranja da por seguro que habrá una tercera ronda de consultas, algo que podría ocurrir teniendo en cuenta que el Rey no tiene un límite temporal para terminar sus conversaciones con los partidos.
En este contexto es previsible que Felipe VI no escuche ahora grandes novedades porque, al contrario de lo que ocurre en otros países como Bélgica, los partidos no tienen la tradición de acudir al Rey con una mayoría más o menos cerrada. ¿Y qué podría hacer el Rey? Suya será la decisión de emprender una nueva ronda porque es algo que no está previsto. Tampoco está estipulado en ningún texto la intención de López de solicitar “más tiempo” al monarca antes de pedir a algún candidato que se someta a la votación de investidura.
La última duda se daría si el Rey termina constatando que no puede encargar la formación de Gobierno a ningún candidato porque ninguno alcanzaría una mayoría suficiente en el Congreso. En ese caso, se supone que tendría que haber nuevas elecciones. La duda aquí es quién debe convocarlas, un extremo para el que tampoco existen instrucciones.



