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Cerco fiscal a los profesionales

07 / 05 / 2015 Miguel Cifuentes
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Una consulta vinculante de Hacienda va a poner en un brete a los numerosos profesionales, artistas y deportistas que declaran como ingresos de sociedades que ellos mismos crean lo que ganan por su trabajo.

Hacienda va a cerrar el cerco sobre el uso indebido, extendido y abusivo, de las sociedades mercantiles, en sus diversas modalidades, para pagar menos o, sencillamente, no pagar impuestos. Se va a taponar el agujero por el que muchos contribuyentes, sobre todo profesionales, artistas y deportistas reducen considerablemente su carga fiscal por esa vía al rebajar el tipo impositivo y desgravarse de forma generosa sus gastos profesionales y no profesionales. Una reciente consulta vinculante de la Dirección General de Tributos zanja este polémico tema. Se trata de que “se acabe el uso abusivo de sociedades pantalla, para pagar por el Impuesto de Sociedades, que es más barato fiscalmente, y no por el IRPF, que sale más caro”, según fuentes del departamento.

La consulta vinculante de Tributos del pasado 13 de abril se produjo en la respuesta de Hacienda a petición de un abogado socio de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), que preguntaba si declaraba por Sociedades o el IRPF. Hacienda fija el criterio de que quien es socio y presta sus servicios a través de una sociedad y recibe unos ingresos, estos se integran en el IRPF. Delimita los conceptos a la actividad de socio que trabaja por y para la sociedad, en el seno de una estructura organizativa y factura por y para la sociedad.

Hacienda advierte que una cosa es el trabajo profesional y personal y otra las relaciones entre esa sociedad y sus clientes, que están sometidas al Impuesto de Sociedades. Dicho de otro modo: ningún profesional puede disfrazarse de empresa. La actividad personal, al margen de la sociedad, se liquida vía IRPF, aunque sea peor para el contribuyente.

En este asunto llueve sobre mojado ya que, según algunos fiscalistas, hace siete años al menos que Hacienda tiene en el punto de mira a los profesionales de élite y sus artimañas legales para eludir impuestos. El fisco desconfía de los numerosos artistas, deportistas y profesionales de todos los ámbitos, que tendrían que pagar en el IRPF pero utilizan sociedades para declarar sus ingresos, como una “ficción jurídica”. La artimaña se hace con empresas que existen solo en una notaría, sin estructura, sin empleados, sin objeto social, o con variopintos objetos sociales. Con esta argucia societaria se inflan los gastos desgravables y consiguen rebajar su tipo fiscal y la cuota a pagar, o incluso dar nulos beneficios, o pérdidas en los casos más extremos.

José María Mollinedo, secretario general de Gestha, sindicato de técnicos de Hacienda, señala que “ha habido cierta dejación en esta materia durante años. Ahora Tributos aclara con esta consulta vinculante algo que ha dejado de hacer durante estos años. Ha habido y hay muchos profesionales, artistas y deportistas que aprovechan la laxitud inspectora y una cierta indefinición del régimen fiscal al que acogerse para irse al impuesto más barato, que es Sociedades, y desgravarse todo lo inimaginable”.

Escándalos recientes. En este escenario caben los ejemplos recientes más escandalosos y conocidos, como el caso de la empresa Aizoon, de la infanta Cristina e Iñaki Urdangarin, en la que se cargaban gastos personales, domésticos y de ocio con total impunidad, como desveló el sumario de la instrucción del juez Castro.

Igualmente notorio es el caso del abogado Emilio Cuatrecasas, que acaba de recibir este mes de abril una condena pactada de dos años de prisión y una multa de 1,5 millones de euros por ocho delitos fiscales. El famoso abogado había levantado una serie de sociedades a través de las cuales desgravaba de sus impuestos los gastos personales y de ocio, en cantidades millonarias.

En el caso del exvicepresidente Rodrigo Rato, podrían darse situaciones de irregularidad en el abuso de las sociedades para encubrir ingresos de carácter personal y profesional, singularmente los ingresos de trabajo del banco de inversión Lazard, y asesoramientos personales a empresas, ya que con el nuevo criterio de Hacienda “no se habrían prestado por parte de sus sociedades sino por él personalmente, y por tanto se trataba de ingresos profesionales de trabajo, a imputar y declarara vía IRPF”.

Durante todos estos años de inspección Hacienda ha ido levantando actas millonarias de inspección, pero los litigios han terminado a menudo en los tribunales. Famosos han sido por ejemplo los casos de futbolistas como Messi, que al final ha realizado varias declaraciones complementarias para pagar como ingresos personales sus propios derechos de imagen, que estaban contabilizados como ingresos de sociedades creadas al efecto. Esta ha sido una de las grandes polémicas sobre cómo deben pagar impuestos unos deportistas que tienen ingresos millonarios y que los tienen por su trabajo personal.

Si ahora se cierra el criterio, dice José María Mollinedo, “se producirán menos abusos y cada profesional pagará de modo más ajustado al régimen fiscal que legalmente le corresponde”. El funcionario explica que “existe un régimen fiscal de sociedades profesionales, que integran bufetes de abogados, estudios de arquitectura, etcétera, en las que el 85% de los beneficios se atribuyen a los socios y que se rigen por el Impuesto de Sociedades, con un régimen de desgravaciones muy tasado. Ahí no está el problema”.

Los conflictos con la inspección de Hacienda provienen del abuso de la ley que se hace sistemáticamente por parte de numerosos profesionales que, siendo ellos mismos la empresa, se refugian en esa figura jurídica para hacerse desgravaciones a la carta, y dejar su tipo de tributación en lo mínimo posible. Con esta consulta vinculante Hacienda tendrá un nuevo argumento para perseguir el fraude. 

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