Las herencias evolucionan en España

19 / 01 / 2017 Luis Calvo
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Varias reformas o propuestas de cambio afectan a los herederos forzosos, padres e hijos de los fallecidos. 

El líder de Izquierda Unida, Alberto Garzón, en el Congreso de los Diputados

Las herencias empiezan a cambiar en España y lo harán aún más en el futuro si se aprueba la propuesta no de ley presentaba por IU en el Congreso para impulsar un cambio legislativo que elimine a los padres y abuelos como herederos forzosos en todo el país, algo que ya ocurre en varias comunidades autónomas: Navarra, Galicia, Aragón o el País Vasco. En la actualidad, el Código Civil establece que cuando fallece una persona los herederos forzosos, es decir aquellos a los que no se puede retirar del testamento, son “los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes. Y el viudo o viuda”. La normativa implica que en caso de no existir hijos, los padres pueden disfrutar, más allá de la voluntad del fallecido, de un tercio de la herencia, la mitad en caso de no existir cónyuge. Limita, por tanto, en gran medida la capacidad del fallecido de disponer de su herencia a voluntad, especialmente en los que respecta a su pareja.

La propuesta de IU trata de subsanar una norma que considera “anacrónica”, más propia de la “realidad social” del siglo XIX que de la actual en que la esperanza de vida es mayor (muchos progenitores suceden a sus hijos) y las relaciones familiares no son tan estrechas como en el pasado. La eliminación de la legítima no implica, sin embargo que quien así lo deseé pueda destinar una parte importante de su legado a los padres, siempre a través del testamento.

Desheredar a los hijos

Más allá va la medida puesta en marcha por el País Vasco en octubre de 2015 y que permite a cualquier ciudadanos desheredar a sus hijos en caso de desearlo, sin necesidad de aportar ninguna razón para ello. Hasta ahora en Euskadi, y en el resto de España aún, solo se podía excluir de la sucesión a los herederos forzosos a través de un juez y con razones fundadas de maltrato psicológico o físico. Sin ellas, todos los hijos podían disponer, más allá de la voluntad de los padres, de un tercio del total a repartir a partes iguales y otro tercio entre aquellos hijos que el fallecido quisiera. Solo en el caso del último tercio el progenitor es libre de otorgarlo libremente.

La modificación del País Vasco no cambia radicalmente este reparto. Permite desheredar a un hijo en concreto, pero no a todos. Y nunca se podría llevar a cabo en caso de que el heredero sea hijo único. Pese a todo, el cambio legislativo no ha podido tener mejor acogida. Durante el primer año de aplicación crecieron en el País Vasco un 25% de las consultas respecto a cómo excluir del testamento a un heredero forzoso. En el resto de España solo subió en un 1%.

Buena parte de las consultas provenían de otras comunidades, generalmente cercanas al País Vasco, para saber los requisitos necesarios para acogerse a dicha normativa. La ley establece que para poder desheredar a los hijos no basta con un cambio de empadronamiento. Se debe demostrar la vecindad en el municipio elegido. Es decir, solo si se ha nacido allí o se han pasado dos años tras manifestar voluntariamente la voluntad de ser considerado vecino, tendrá efecto la exclusión de alguno de los herederos. También se considera que se adquiere la vecindad después de diez años de residencia, aunque no haya sido reclamada formalmente. Un heredero que haya sido excluido y pueda demostrar que no existía relación de vecindad con el municipio podría reclamar ser incluido de nuevo en el testamento.

Otra modificación recogida en la norma vasca ha pasado más desapercibida.  Si en el resto de España un heredero debe tras la aceptación del testamento responder de las deudas de fallecido con todo su patrimonio personal, en Euskadi desde octubre de 2015 lo hace solo por el valor lo heredado. Aceptar, por tanto, el legado no supondrá un menoscabo en el patrimonio del heredero. Aunque las modificaciones incluyan solo al País Vasco es un primer paso en la modificación de una norma, la legítima, que empieza a ser cuestionada en toda Europa.

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