Quién va a guardar mis acciones

03 / 03 / 2016 José María Vals
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El nuevo mecanismo de contratación bursátil despierta dudas sobre cómo se custodian los títulos.

A finales de abril cambiará el sistema de compensación y liquidación de compra- venta de acciones en bolsa.

Estaba previsto para este mismo mes de febrero, pero ha vuelto a ser retrasado. Ya van dos dilaciones en su entrada en vigor, pero el nuevo sistema de compensación de valores acabará por ser una realidad. La nueva fecha prevista es ahora el 27 de abril y a partir de ese día habrá cambios en cómo gestionan los intermediarios financieros la cartera de acciones de sus clientes. Unos serán más visibles que otros, pero todos importantes. Entre los primeros está la necesidad de tener compradas con tres días de antelación al reparto las acciones que dan derecho a dividendo (ahora es suficiente con tenerlas a las cero horas del día de pago). Entre los segundos se encuentra la gestión de acciones de clientes a través de cuentas ómnibus.

Quienes tengan compradas acciones cotizadas en bolsa habrán recibido en los últimos meses una comunicación de su gestor de valores en la que se les avisa de que el nuevo sistema de compensación ofrece la posibilidad de abrir una cuenta individual para su cartera de títulos con un considerable aumento de las comisiones de custodia y por las transacciones. También se les dice que si no hacen nada todo seguirá como hasta ahora.

Sin embargo, algunos expertos señalan que la gran novedad del nuevo sistema, la extensión por convenio del uso de las denominadas cuentas ómnibus arroja algunas sombras sobre la cadena de custodia de las acciones de los clientes individuales por parte de los bancos y los brokers.

Pero, ¿qué es una cuenta ómnibus?
 En pureza, según señalan a TIEMPO fuentes jurídicas del mercado bursátil,
 la ley del mercado de valores las denomina “cuentas generales de terceros”. En ellas se encuentran depositadas las acciones de varios clientes titulares de las mismas y su gestión así, en bloques, abarata los costes y permite cobrar unas comisiones menores.

Registros separados. Aunque estén juntas, las acciones no están revueltas. “La legislación española –añaden estas fuentes– obliga a llevar un registro de detalle en el que están identificados tanto los clientes como las acciones con unos códigos y con la situación en cada momento de los valores”. Tan es así, que los intermediarios (bancos y brokers) tienen que enviar a Hacienda todos los movimientos de sus clientes (compras, ventas, cobro de dividendos y operaciones con derechos) para que sean incluidos en sus datos fiscales anuales para la declaración del IRPF.

Es verdad que son posibles retrasos en algunas operaciones si el broker pasa por dificultades o quiebra, porque, según comenta Victoria Torre, de Selfbank, “puede haber más trámites a la hora de acreditar la titularidad, pero a priori la identidad de la titularidad estaría garantizada”. Para algunos trámites más habituales, como por ejemplo ir a una junta de accionistas, también puede haber más burocracia a partir de ahora, pero el depositario de las acciones tiene siempre la obligación de mantener un registro interno individualizado.

Según las fuentes consultadas por Tiempo, lo que se abre ahora es la posibilidad de que cualquier cliente exija a su banco o broker que le abra una cuenta individual para su cartera de valores. Esa posibilidad no existía antes y ahora el que la quiera tendrá que pagarla con mayores comisiones de custodia y transacciones.

Con el nuevo sistema, la compensación y liquidación de valores pasa por dos escalones. Uno, el global, el que está integrado por los saldos de las cuentas ómnibus, y el segundo, que es en el que, aunque no se ve a simple vista, existe un registro individualizado.

“En estos momentos –añaden las mismas fuentes–, algunos brokers ya funcionan con cuentas ómnibus y los clientes ni lo sabían. Con el nuevo sistema quedan avisados y pueden elegir traspasar su cartera a cuentas individuales”. 

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